La Conferencia ferroviaria de 1905: estudios económicos sobre la explotación comercial de los ferrocarriles españoles, Volumen3

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Imprenta de Henrich y comp. en comandita, 1906
 

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Página 311 - Las empresas podrán en cualquier tiempo reducir los precios de las tarifas, poniéndolo en conocimiento del Gobierno. En este caso, lo mismo que en los del artículo anterior, se anunciarán al público, con tres meses al menos de anticipación, las alteraciones que se hicieren.
Página 305 - No se comprenden en esta disposición las locomotoras. Si la empresa consiente el paso de estas masas indivisibles ó carruajes, tendrá obligación de consentirlo también durante dos meses á todos los que lo pidan.
Página 263 - Cuando existan tarifas especiales para el transporte de determinadas mercancías, se dará conocimiento á los remitentes al tiempo de facturar, á fin de que puedan optar por la que más les convenga. Art. 135. Toda alteración en los precios de tarifa deberá ponerse en conocimiento del Gobierno con un mes de anticipación al día en que deba publicarse y se comunicará á los Gobernadores de las provincias atravesadas por el ferrocarril, quienes dispondrán se les dé publicidad quince días antes...
Página 330 - Empresa, pueden bajarse los precios de ellas, y ésta no conviniese en la reducción, podrá, sin embargo, llevarse á efecto por una ley, garantizando á la Empresa los productos totales del último año, y además el aumento progresivo que hayan tenido por término medio en el último quinquenio.
Página 304 - La cobranza de los precios de tarifa deberá hacerse sin ninguna especie de favor. En el caso de que la empresa conceda rebaja en estos precios á uno ó á muchos de los que hacen remesas, se entenderá la reducción hecha para todos en general , quedando sujetos á las reglas establecidas para las demás rebajas.
Página 319 - Empresa conceda á uno ómás remitentes reducción en los precios de tarifa, dará cuenta al Gobierno de las condiciones con que lo verifique. La Empresa abrirá un registro en que se inscriban estas condiciones, el cual se exhibirá á los particulares cuando lo soliciten. Este registro será foliado y rubricado por el Jefe de la Inspección mercantil.
Página 317 - ... de 50 kilogramos, con tal que sea hecha por un mismo individuo y dirigida á una sola persona. Los encargos y los excedentes de equipajes con las mismas condiciones se considerarán como un solo bulto para la percepción de los precios que en tarifa especial tenga señalados.
Página 307 - Los que mandan ó reciben las remesas tendrán la libertad de hacer por sí mismos y á sus expensas la comisión de sus mercaderías y el trasporte de...
Página 305 - Las mercaderías, animales y otros objetos no señalados en la tarifa se considerarán para el cobro de derechos como de la clase con que tengan mas analogía.
Página 306 - ... 50 kilogramos en objetos de una misma naturaleza, remesados á la vez y por una misma persona aunque estén embalados separadamente. Los precios de los objetos mencionados en los tres párrafos que anteceden, se fijarán anualmente por el Gobierno á propuesta de la empresa.

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