Colección de las instituciones políticas y jurídicas de los pueblos modernos, Volumen10

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Centro Editorial de Góngora, 1893 - 886 páginas
 

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Página 315 - ... respectivamente jueces de paz, de corrección y de primera instancia , con las mismas atribuciones y sujetos á las mismas formalidades que establecen ó establecieren las leyes, decretos y Reales órdenes para los de su clase en España, salvas las excepciones...
Página 331 - Para la presentación de la letra de cambio á la vista, ó á uno ó más días, meses ó usos vista; Para el protesto por falta de pago; Para el ejercicio de la acción de garantía. El portador de la letra de cambio perderá todos sus derechos contra los endosantes.
Página 315 - ... tratados vigentes, para los efectos de apelación y demás judiciales, se reputan respectivamente Jueces de paz, de corrección y de primera instancia, con las mismas atribuciones y sujetos á las mismas formalidades que establecieren las leyes, decretos y Reales órdenes para los de su clase en España, salvas las excepciones y modiflcacio nés que adelante se expresarán. Art. 2.
Página 332 - ... y contra el librador que probare haber hecho oportunamente provisión; pero en este último caso la conservan contra el librado, haya ó no aceptado. Los efectos de la caducidad de que trata este artículo, no tienen lugar respecto del librador ó de los endosantes, que hayan recibido en cuenta en compensación ó de otro modo los fondos destinados al pago de la letra. ART. 460. Aun cuando la presentación de la letra ó el protesto por falta de pago, ó el recurso contra los garantes, no se...
Página 390 - Podrán asegurarse todos ó parte de los objetos expresados en el artículo anterior, junta ó separadamente, en tiempo de paz ó de guerra, por viaje ó á término, por viaje sencillo ó por viaje redondo, sobre buenas ó malas noticias.
Página 378 - Si antes de principiado el viaje se prohibiese la exportación de todos ó parte de los efectos comprendidos en una sola póliza, del lugar donde deba salir el buque ó la importación en el de su destino; 3° Si antes de la salida del buque sobreviniere interdicción de comercio con la Nación á donde se dirigía el buque; 4° Si sobreviniere declaración de bloqueo del puerto de la carga...
Página 327 - Art. 120. Con la notificación del protesto por falta de aceptación, los endosantes y el librador están respectivamente obligados á dar fianza para la seguridad del pago de la letra de cambio á su vencimiento, ó de efectuar el reembolso con los gastos de protesto y de recambio. El fiador, ya sea del librador, ya sea del endosante, no es solidario, sino con aquel á quien ha fiado.
Página 370 - En el tercero, que se denominará " diario de navegación," se asentará: 1°. El estado diario del tiempo y de los vientos; 2°. El progreso ó retardo diario del buque; 3°.
Página 332 - El documento de protesto ha de con tener-: trascripción literal de la letra de cambio, de la aceptación, de los endosos, y de las recomendaciones indicadas en ella: el requerimiento de pagar la letra de cambio.
Página 527 - El comodante conserva la propiedad de la cosa prestada. El comodatario adquiere el uso de ella, pero no los frutos; si interviene algún emolumento que haya de pagar el que adquiere el uso, la convención deja de ser comodato.

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