Memorias de la Real Academia de Ciencias de Madrid, Volumen1

Portada
Aguado, 1850
 

Otras ediciones - Ver todas

Términos y frases comunes

Pasajes populares

Página v - Por esta sola vez nombraré Yo la mitad del número de académicos prefijado en el artículo anterior , los cuales , reunidos bajo la presidencia de aquel que Yo tenga á bien señalar , procederán á elegir los diez y ocho académicos restantes. Mi Ministro de Comercio, Instruccion y Obras públicas procederá á instalar la Academia luego que se halle completa. Art. 5?
Página 96 - ENSAYO DE UNA HISTORIA DE LOS PECES y otras producciones marinas de la costa de Galicia, arreglado al sistema del caballero Carlos Linneo.
Página xxxix - Bertrán de Lis, caballero gran cruz de la Real y distinguida Orden española de Carlos III, de la de San...
Página xlii - Comendador de la Real orden de Isabel la Católica; Caballero de la orden militar de S.
Página v - La academia Real se ocupará inmediatamente , despues de su instalacion , en formar sus estatutos , que someterá á mi Real aprobacion. ART. 7.
Página xli - Caballero con Cruz y Placa de la Real y militar orden de S. Hermenegildo; condecorado con varias cruces de distincion por acciones de guerra ; Académico de la de Nobles Artes de S.
Página v - Jf. se ha dignado espedir con fecha 25 de febrero último el Real decreto que sigue: "En atencion á las razones que me ha espuesto el Ministro de Comercio, Instruccion y Obras públicas , he venido en decretar lo siguiente :=.4rf/c«fo primero.
Página xlv - Cadiz; de las de Sevilla, Córdoba y Estremadura; de las Sociedades económicas de Sevilla y Toledo ; socio de mérito de la Academia Quirúrgica Matritense; declarado Benemérito de la patria; y condecorado con las cruces del 7 de julio de 1822, del sitio de Cádiz en 1823, y de epidemias por las de cólera en el estrangero y en España.
Página v - La Real Academia de ciencias exactas , físicas y naturales se compondrá de treinta y seis académicos , número que ha de tener siempre completo , proveyendo cada vacante que ocurra en el término improrogable de dos meses. Art. 4?
Página xxxix - Puerto-Rico y la Habana ; Teniente general de los Ejércitos Nacionales; Ingeniero general de los mismos, y de las plazas y fronteras del Reino; Inspector general del regimiento de Ingenieros, &c.

Información bibliográfica